El detonante fue el rechazo del Congreso a dos proyectos consecutivos de reforma tributaria.

El presidente de Colombia, Gustavo Petro Urrego, decretó estado de emergencia económica y social por un periodo inicial de 30 días, mediante un decreto firmado por él y todo su gabinete ministerial el 22 de diciembre.
Esta medida excepcional se ampara en el artículo 215 de la Constitución Política colombiana y busca conjurar una inminente crisis fiscal que amenaza la estabilidad del Estado y la prestación de servicios públicos esenciales.
Acorde con información oficial, el principal detonante fue el rechazo del Congreso de la República de dos proyectos consecutivos de reforma tributaria:
Con vigencia 2025 para recaudar 12 billones de pesos
Para 2026 con una meta de 16.3 billones de pesos (cerca de cuatro mil millones de dólares)
La negativa legislativa dejó un hueco fiscal en el presupuesto de 2026 y agravó un desbalance que elevó el déficit fiscal en el Producto Interno Bruto (PIB): del 4.3 por ciento en 2022 al 6.8 por ciento en 2024.
Esto se sumó a que las proyecciones de crecimiento económico de Colombia se situaron 7 por ciento por debajo de lo esperado, algunos organismos y entidades financieras se situaron entre 2.5 y 3 por ciento.
¿Qué motivó a declarar el estado de emergencia económica en Colombia?
En el decreto presidencial de Gustavo Petro existieron múltiples circunstancias que justifican el documento, como las dificultades para pagar la Unidad de Pago por Capitación (UPC) en el sistema de salud.
También se mencionaron las restricciones en el endeudamiento público y limitaciones en la caja de la Tesorería General de la Nación.
Otros factores que se mencionaron son los siguientes:
– Riesgos al orden público y a líderes sociales.
– Subsidios energéticos.
– Sentencias judiciales pendientes por 1.5 billones de pesos.
– Obligaciones contractuales vencidas por 5.1 billones de pesos.
– Deudas con víctimas de conflictos armados por 1.6 billones de pesos.
Según el documento, estas presiones comprometen los derechos fundamentales de la población vulnerable, por lo que exigen medidas urgentes.
Con la emergencia, el Ejecutivo quedó facultado para expedir decretos con fuerza de ley en materia tributaria, sin necesidad de aprobación previa del Congreso.
Las normas se enfocarán en cerrar el faltante fiscal mediante impuestos directos e indirectos dirigidos principalmente a personas naturales y jurídicas con mayor capacidad contributiva, así como tributos que corrijan situaciones externas negativas en temas ambientales y de salud pública.
Entre las opciones se contemplaron están ajustes en tarifas diferenciales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) frente al 19 por ciento general: un impuesto al patrimonio más progresivo, mayor tributación al sector financiero y fortalecimiento de gravámenes saludables sobre bebidas alcohólicas y productos ultraprocesados.
El ministro de Hacienda de Colombia, Germán Ávila, explicó que la medida busca garantizar la recuperación de los recursos que el Congreso dejó sin financiamiento, evitando un ajuste drástico que afectaría el bienestar ciudadano.
El propio Gustavo Petro, a través de su cuenta en X, advirtió que, sin la declaratoria del estado de emergencia económica y social, habría recortes inevitables y enfatizó que: “El gobierno no va a dejar que se desate una crisis”.
Las normas expedidas serán sometidas a control automático por la Corte Constitucional, que evaluará su constitucionalidad y relación directa con la situación. Además, el Congreso podrá ejercer control político una vez finalice la emergencia, y podría ser convocado a sesiones extraordinarias.
La oposición criticó la decisión, argumentando que el gobierno debería priorizar la reducción del gasto público, al que califican de elevado y derrochador, en lugar de incrementar impuestos.






