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Ley Chaleco: los repartidores sí tendrán que portar chaleco y habrá número de identificación en el casco para todos

El dictamen de la reforma ya fue aprobado por la Comisión de Transportes y Movilidad. Pasará al Pleno del Poder Legislativo este miércoles 18 de junio. 17 de Junio 2025 La reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial se aprobó en comisiones y el Pleno del Congreso de Puebla la avalará este miércoles. La llamada […]

Por Isaac3 min de lectura
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Ley Chaleco: los repartidores sí tendrán que portar chaleco y habrá número de identificación en el casco para todos

El dictamen de la reforma ya fue aprobado por la Comisión de Transportes y Movilidad. Pasará al Pleno del Poder Legislativo este miércoles 18 de junio.

17 de Junio 2025

La reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial se aprobó en comisiones y el Pleno del Congreso de Puebla la avalará este miércoles. La llamada Ley Chaleco aplicará solo para repartidores, quienes sí tendrán que usar el chaleco anti reflejante todo el tiempo.  

En el dictamen final, avalado por unanimidad, se estableció que todos los motociclistas que circulen en Puebla deberán portar un número de identificación en el casco. Este número será un código alfanumérico que deberá dirigir al sistema. Este sistema será integrado por la Secretaría de Movilidad y Transporte para la identificación de los motociclistas.  

La propuesta final se aprobó luego de una serie de reuniones del Congreso con «bikers» inconformes con la medida. Dichas reuniones se realizaron para discutir el hecho de que todos los conductores y conductoras portaran un chaleco con el número de placa.

El Congreso aceptó hacer modificaciones, eliminar medidas y aumentar otras. La propuesta fue presentada por la propia presidenta del Legislativo, Laura Artemisa García Chávez.

Estas serán las nuevas reglas para el uso de motos en Puebla; la ley chaleco aplicará para repartidores  

Con esta reforma ya no podrán circular en motocicleta personas menores de 12 años. También se prohíbe subir a personas “que no puedan sostenerse por sí mismas”.  

Tendrán que utilizar un chaleco o chaqueta con el 20% de material reflejante, las personas dedicadas a la entrega de comida rápida y paquetería. En ese caso las motos solo podrán llevar a un pasajero.  

Todas y todos los motociclistas tendrán que portar en el casco el código alfanumérico que identifique a la persona conductora. Este código se basará en los datos de las licencias de manejo. Además, los materiales con los que los cascos se marcarán deberán ser amigables con el tipo de casco. Esto se hará a fin de no dañar su certificación.  

En la comisión aclararon que a partir de los 180 días hábiles después de la entrada en vigor de esta reforma implementarán el mecanismo de expedición de dicho distintivo.

«Se otorgan aproximadamente nueve meses para que se implemente la entrega de estos distintivos que estarán pegándose en el casco de seguridad”, aclaró el equipo jurídico».  

Otra de las medidas es la prohibición de portar la placa alterada u oculta total o parcialmente. Además, en la Tarjeta de Circulación especificarán la capacidad de los vehículos. Por ello, solo podrá ir a bordo de las motos una persona. Solo circularán más si así lo permiten los datos de la tarjeta.  

Se prohíbe la alteración de motocicletas para colocarles asientos extra, en el caso de los servicios de entrega, solo una persona podrá abordo. Además, deberán adaptar “el dispositivo de reparto” de manera que no obstruya ni la placa ni los espejos laterales.  

«No podrán portar el casco de seguridad cuando desciendan de la motocicleta”, leyó el equipo jurídico.»

No habrá permisos provisionales para evadir la ley  

Con la reforma quedan prohibidos los permisos provisionales, excepto para el traslado del punto de venta al domicilio de la persona.  

Las bicicletas eléctricas, monopatines y otros dispositivos que superen los 25 kilómetros por hora no podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o de alta velocidad.

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