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Extorsión en Puebla se castigará con hasta 42 años de cárcel

Actualmente la pena establecida va desde dos a diez años de cárcel y con agravantes podrían llegar hasta 16 años de prisión. La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla aprobó homologar la legislación federal sobre la sanción por el delito de extorsión para castigarla con hasta 42 años de cárcel. […]

Por Isaac··2 min de lectura
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Actualmente la pena establecida va desde dos a diez años de cárcel y con agravantes podrían llegar hasta 16 años de prisión.

12 de Diciembre 2025

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla aprobó homologar la legislación federal sobre la sanción por el delito de extorsión para castigarla con hasta 42 años de cárcel.

Durante la sesión de este 12 de diciembre, las y los legisladores avalaron la reforma propuesta por el Ejecutivo al artículo 292 Bis del Código Penal del Estado de Puebla.

La reforma fue turnada a la comisión este jueves y contempla aplicar mayores sanciones para quienes cometan este delito, así como enlistarse más agravantes.

La iniciativa del gobernador Alejandro Armenta, va en sentido de alinearse a lo dictaminado a nivel federal en materia de persecución y sanciones de este delito.

Recientemente el Congreso de Unión aprobó la  Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión que incluye penas más fuertes.

Actualmente la pena establecida en Puebla va desde dos a diez años de cárcel y con agravantes podrían llegar hasta 16 años de prisión.

¿A cuánto se elevaría la pena por extorsión en Puebla?
La reforma del Ejecutivo señala que se homologará la ley federal para que se endurezcan las penas por el delito de extorsión en Puebla.

Por la comisión de este delito se impondrían de 15 a 25 años de prisión así como una multa de 300 a 500 unidades de medida y actualización (UMAs).

Las agravantes van desde 7 a 17 años de cárcel que se sumaría a la pena base, en los siguientes supuestos:

Cuando se empleó violencia física, se realice con uso de armas de fuego, cuando se cometa por algún miembro de grupos vinculados a la delincuencia organizada.

Así como si se emplean medios para evitar denuncias, cuando se cometa por una persona servidora o ex servidora pública, cuando provenga de una persona privada de su libertad.

En el supuesto de que se utilicen menores de edad para cometer este delito o intervengan dos o más personas y se cometan daños a instalaciones de comercios o propiedad privada.

La pena máxima que podría alcanzar este delito sería de hasta 42 años de cárcel, elevando la pena de manera considerable en México y Puebla.

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